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Liberan a joven que tenia 6 plantas de cannabis. "Falta información” dijo abogado

El joven fue procesado por un error en el peso de las plantas y en la aplicación de la ley.

Quedó en libertad Damián, el joven de Durazno que había sido procesado hace una semana por tener más plantas de marihuana de lo permitido, aunque en realidad tenía seis, el número autorizado.

La noticia se conoció durante la marcha que se realizó en la tarde de este viernes por la liberación total de la marihuana. Su madre recibió un llamado telefónico de su hijo durante la movilización y anunció a los presentes.


Según relató la mujer, la policía había ingresado a su vivienda sin una orden judicial. Damián presentó el registro como autocultivador, pero desapareció.

La Diaria reveló que "el joven tenía seis plantas", pero según los efectivos "los productos de recolección pesaban un kilo cuando no pueden superar los 480 gramos anuales".

El abogado del joven informó al matutino que su defendido fue procesado por “falta de información”.

 

Versión Oficial – Suprema Corte de Justicia

Jueza Caamaño dispuso libertad del joven procesado por tenencia de marihuana no para consumo.
De DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de Primera Instancia de Durazno de 1º Turno, Dra. María Andrea Caamaño, dispuso la excarcelación provisional de un joven de 19 años a quien había procesado por la presunta comisión de un delito de tenencia no para consumo, de sustancias estupefacientes prohibidas.
El día 27 de abril, mediante la pertinente orden de allanamiento, se realizó un registro en el domicilio de D.M.L. de 19 años, hallándose varias plantas de marihuana con un peso total que excedía los 11 kilogramos, así como cajas, bollones, termo y una cantidad de cogollos con un peso mayor a un kilogramo.
Indagado en sede judicial, el joven dijo tener autorización del IRCCA para realizar la plantación, pero no acreditó dicha inscripción en su oportunidad. También reconoció que la cantidad de plantas cultivadas excedía lo que autoriza la ley para consumo personal en el plazo de un año, ya que como máximo se permiten 480 gramos anuales.
En su dictamen, la Fiscal Letrada Departamental, Dra. Nidia Morosini, entendió que se verificaban “elementos de convicción suficientes para imputar a D.M.L. la presunta autoría de un delito de tenencia de estupefacientes, que excede ampliamente lo establecido en la ley para consumo personal”, solicitando su enjuiciamiento “con prisión bajo la referida imputación y en virtud de lo dispuesto por los arts. 60 num. 1, 31 y 3 lit. E de las leyes 14.294, 17.016 y 19.172”.
Por su parte, la jueza letrada Dra. Andrea Caamaño Vernay acogió la vista fiscal y procesó con prisión a D.M.L. por la presunta comisión de un delito de tenencia no para consumo, de sustancias estupefacientes prohibidas.
Posteriormente, la defensora del imputado se presentó solicitando la libertad provisional de su cliente argumentando que las flores o cogollos deben ser desecados para su consumo y durante ese proceso pierden hasta un 70% de su peso original, por lo que el material incautado en este caso se reduciría a 361 gramos, cantidad que está por debajo del límite previsto por la ley nº 19.172.- La defensora señaló, además, que su cliente poseía autorización del Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA), la cual adjuntó en el mismo acto.
Pasado el expediente a la Fiscal Dra. Nidia Morosini, manifestó que no haría oposición a que se le concediese el beneficio de la libertad provisional, ante lo cual la jueza actuante dispuso la misma.